Provisión provisional de puestos docentes en Andalucía.
Orden de 18 de junio de 2016, por la que se modifica la Orden de 24 de mayo de 2011, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de género.
La Orden de 24 de mayo de 2011, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de género, vino a desarrollar lo establecido en los capítulos IV y V del Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes.
Dichos capítulos regulan, entre otros, los procedimientos de provisión de puestos de trabajo docentes con carácter provisional, el ámbito personal de los mismos y la adjudicación de los destinos.
El Decreto 109/2016, de 14 de junio, ha modificado el referido Decreto 302/2010, de 1 de junio, tras un proceso de negociación con las organizaciones sindicales en orden, entre otros fines, a propiciar la conciliación de la vida familiar, personal y laboral del profesorado del ámbito de gestión de la Consejería competente en materia de educación de la Junta de Andalucía.
Las modificaciones incluidas en el referido Decreto 302/2010, de 1 de junio, tienen como consecuencia su desarrollo a través de las correspondientes órdenes, una de las cuales es la citada de 24 de mayo de 2011, sobre provisión de puestos de trabajo docentes con carácter provisional.
Efectivamente, en la línea marcada por el referido Decreto 109/2016, de 14 de junio, la gestión de los procedimientos de provisión de los puestos docentes recomienda, a la luz de la experiencia acumulada en estos años de vigencia, una modificación de la citada Orden de 24 de mayo de 2011, al objeto de atender las peticiones de la representación sindical del personal docente en cuanto al establecimiento de nuevas medidas que converjan en la promoción de la conciliación de la vida familiar, personal y laboral del personal docente. Así pues, por cuanto las referidas medidas se encauzan a través de la figura de la comisión de servicio, procede modificar, asimismo, la Orden de 26 de febrero de 2008, por la que se regulan las comisiones de servicio del personal funcionario docente dependiente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación.
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