Oposiciones Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Periodo de inscripción: del 7/7/2016 al 26/7/2016.
Se convoca proceso selectivo para cubrir 538 plazas del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, Subgrupo C1, por el sistema general de acceso libre.
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I de esta convocatoria. Incluirá la superación de un curso selectivo y un período de prácticas en centros penitenciarios. Para la realización de este periodo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
Los interesados podrán realizar el pago telemático de las tasas y el registro electrónico de su solicitud a través de internet en el Portal del Punto de Acceso General de la Administración del Estado www.administracion.gob.es (Empleo público y becas-Inscripción en pruebas selectivas-Modelo 790) o en el Portal de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas www.seap.minhap.gob.es (Servicios-Empleo público-Procesos selectivos-Inscripción en pruebas selectivas-Modelo 790)
Otros lugares de presentación de instancias: Registro de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (calle Alcalá 38, 28014-Madrid), así como en los Registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre.
Requisitos
Título de Bachiller o Técnico o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Asimismo se estará a lo previsto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, modificada por la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo (BOE de 14 de marzo), por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá acreditar estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
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