La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que afirma que la conversión judicial «automática» de los trabajadores interinos en indefinidos no es una medida que pueda derivarse «en ningún caso» del fallo del Tribunal Superior de Justicia de la UE (TJUE), de 22 de febrero, y resulta «incompatible» con el sistema español de Administración Pública, basado en los principios de igualdad, mérito y capacidad.
El Supremo, en este fallo, deja claro que no puede interpretarse que esta sentencia implique una conversión judicial automática de los trabajadores indefinidos no fijos en trabajadores fijos porque ello sería «incompatible con el sistema español de autoorganización de su propia administración pública -que se basa en los principios de igualdad, capacidad y mérito en el acceso a la Función Pública- y que se aplica tanto a los funcionarios públicos como a los contratados laboralmente».
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