El título de Profesor de Música, y el diploma de Cantante de Ópera, se declaran equivalentes a las titulaciones a que se refiere el artículo 96.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para impartir las enseñanzas elementales y profesionales de música establecidas en dicha Ley. http://www.boe.es/boe/dias/2010/07/13/pdfs/BOE-A-2010-11092.pdf
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