Publicada en BOJA la Orden de 1 de julio de 2016, por la que se establece el calendario de implantación de la Segunda Lengua Extranjera en la Educación Primaria en Andalucía.
El Decreto 97/2015, de 3 de marzo, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, dispone en su artículo 10.3 que el alumnado de dicha etapa educativa debe cursar una Segunda Lengua Extranjera dentro de las áreas del bloque de asignaturas específicas en cada uno de los cursos de la etapa.
La disposición adicional segunda de dicho Decreto establece que la implantación de la Segunda Lengua Extranjera para todos los centros docentes que impartan la Educación Primaria se realizará de acuerdo con la ordenación del calendario de aplicación que a tales efectos realice la Consejería competente en materia de educación, con objeto de conseguir que dicha implantación se realice de forma equilibrada garantizando la igualdad de oportunidades, sin perjuicio de lo establecido para los centros que imparten enseñanzas bilingües.
Procede, en consecuencia, establecer dicho calendario de implantación de la Segunda Lengua Extranjera, que se llevará a cabo de manera progresiva en todos los centros docentes.
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