Ante la noticia de que la Junta de Andalucía decreta el cierre perimetral de Andalucía y de 450 municipios hasta el próximo 9 de noviembre, este Instituto Andaluz de Administración Pública quiere poner de manifiesto que el artículo 6.1.i) del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2 (BOE núm. 282, de 25 de octubre) exceptúa de la restricción de entrada y salida de personas la realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables en el marco de las medidas previstas en la citada norma.
Las personas convocadas a la realización de cualquier ejercicio en las pruebas selectivas para ingreso en los diferentes cuerpos, especialidades, opciones y/o subopciones de la Administración General de la Junta de Andalucía convocadas por la Secretaría General para la Administración Pública, están autorizadas a desplazarse para su personación en el lugar, fecha y hora fijado para su celebración.
A efectos de poder desplazarse al lugar de celebración del primer ejercicio, las personas aspirantes llevarán consigo durante dicho desplazamiento, además de la documentación acreditativa de su identidad, copia de la resolución definitiva de admitidos y excluidos al proceso selectivo publicada en BOJA donde consta el lugar, fecha y hora señalados para su realización, así como copia de la hoja del listado de personas admitidas donde aparece su nombre y apellidos. En el caso de segundos y siguientes ejercicios, copia del acuerdo de la comisión de selección correspondiente por el que se convoca a su realización en el lugar, fecha y hora señalados, así como copia de la lista de personas aprobadas en el ejercicio anterior en el que aparezca su nombre y apellidos.
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