El Consejo de Gobierno aprueba el calendario de fiestas laborales en Andalucía para 2023.
A la docena de festividades de ámbito nacional y autonómico, se añaden dos de carácter local a propuesta de cada municipio.
De este modo, la relación queda como sigue:
- 2 de enero (lunes)
- 6 de enero (viernes)
- 28 de febrero (martes)
- 6 de abril (jueves)
- 7 de abril (viernes)
- 1 de mayo (lunes)
- 15 de agosto (martes)
- 12 de octubre (jueves)
- 1 de noviembre (miércoles)
- 6 de diciembre (miércoles)
- 8 de diciembre (viernes)
- 25 de diciembre (lunes)
A estas 12 fiestas laborales se añaden las dos de carácter local que cada municipio debe proponer a la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de la publicación del Decreto que establece el calendario laboral 2023 en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
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